RECOMENDACIONES PREVIAS
1. Verificar si tu organización se encuentra vencida o está a menos de un mes del vencimiento. Esto lo puedes revisar en la página del Registro Civil e Identificación aquí), en la sección CERTIFICADOS – PERSONAS JURÍDICAS.
Si no conoces tu número de personalidad jurídica puedes revisar los listados en esta página en la sección REGISTRO – HISTÓRICO – DE ORGANIZACIONES (aquí).
2. Verificar si tu organización se formó mediante Ministro de Fe Municipal, Notario o Oficial del Registro Civil.
PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN
1. OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL O NOTARIO
Se deberá traer copia de la Escritura Pública o del Acta ante el Oficial del Registro Civil a Secretaria Municipal de Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 hrs, con la respectiva solicitud de Inscripción de Modificación (aquí). En caso de ser más de 3 miembros de la directiva debe descargarse anexo adicional (aquí). Se deben acompañar Certificado de Antecedentes y Fotocopia de Carnet de los Miembros del Directorio. En caso de contener un error este será informado en un plazo máximo de 30 días, mediante correo electrónico (si es que se informa) o carta certificada. En caso contrario, será enviado al Registro Civil e Identificación quien realiza la aprobación, rechazo u observaciones finales.
2. MINISTRO DE FE MUNICIPAL
Para poder solicitar horario de Renovación de Directorio se deberá en primer lugar acompañar borrador del Acta [se recomienda usar los siguientes formatos: Fundación (aquí)] y Corporación / Asociación / ONG (aquí)] dejando copia de la misma en Secretaria Municipal de Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 hrs. y llenando la solicitud de Inscripción de Modificación (aquí). En caso de ser más de 3 miembros de la directiva debe descargarse anexo adicional (aquí). De ser aprobada se coordinará el horario de la realización con el representante de la Organización. En el caso de las Corporaciones / Asociaciones / ONG que aún no hayan acordado su Directiva deberán solicitar hora de Asamblea acompañando borrador junto con la solicitud, quedando pendiente los apartados que no hayan acordado y pasar al apartado respectivo.
FUNDACIÓN
La reunión de directorio podrá ser, en horario de oficina, de Lunes a Viernes 9:00 a 12:00 hrs o, fuera de él, de Lunes a Jueves a las 18:30 hrs. o los sábados a las 10:00 o 11:45 hrs., según disponibilidad de Ministro de Fe.
Si la reunión de Directorio no requiere Ministro de Fe, el acta será enviada al representante por correo electrónico (si fue entregado por medio electrónico) o se citará a quien actúe como representante para su devolución. De no asistir se le enviará carta certificada. Todo lo anterior en un plazo máximo de 30 días, teniendo, a su vez, ser firmado y devuelto en un plazo de 30 días.
En caso de aprobación será enviado al Registro Civil e Identificación quien realiza la aprobación, rechazo u observación final.
CORPORACIÓN /ASOCIACIÓN / ONG
La Asamblea General Ordinaria para la elección de directorio que requiera Ministro de Fe podrá ser solo fuera del horario de oficina, de Lunes a Jueves a las 18:30 hrs. o los sábados a las 10:00 o 11:45 hrs., salvo que el número de socios permita la realización de la Asamblea en dependencias Municipales, en cuyo caso también se podrá realizar de Lunes a Viernes de 9:00 a 12:00 hrs
Si la Asamblea no requiere Ministro de Fe, el acta debe ser traída una vez que la asamblea se realice (siguiendo lo establecido en su Estatuto Social), y será revisada por Secretaria Municipal en un plazo de 30 días. En caso de observaciones, serán enviadas al representante de la organización por correo electrónico (si fue informado, de lo contrario se enviará carta certificada).
En caso de aprobación será enviado al Registro Civil e Identificación quien realiza la aprobación, rechazo u observación final.