REGISTRO: DICTACIÓN DE REGLAMENTO DE COPROPIEDAD

Debe seguirse lo establecido en la Ley 21.442.- en los artículos 9 “El primer reglamento de copropiedad será dictado por la persona natural o jurídica propietaria del condominio, teniendo en consideración las características propias del mismo. Deberá contener las menciones específicas a que se refiere el artículo 8°. Este instrumento deberá constar en escritura pública e inscribirse en el registro de hipotecas y gravámenes del conservador de bienes raíces respectivo como exigencia previa para obtener el certificado a que alude el inciso segundo del artículo 48.” y en artículo 69: “En el caso de condominios de viviendas sociales que no cuenten con un reglamento de copropiedad inscrito en el conservador de bienes raíces respectivo, sus copropietarios formalizarán un primer reglamento empleando los quórum señalados en el número 2) del cuadro contenido en el artículo 15.”

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1. DEPÓSITO EN EL REGISTRO DE REGLAMENTO NOTARIADO

Si se dictó en alguna Notaria y lo que se desea es depositarlo en el Registro Comunal de Viviendas Sociales deberá junto con con la copia del Reglamento de Copropiedad de la Vivienda Social dejarse los siguientes documentos:
1.- Certificado de DOM donde conste la condición de Vivienda de Interés Público (Social, Económico)
2.- Listado de copropietarios con sus respectivas inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces (Fojas, Número, Año)
3.- Copia de Inscripción de Prohibiciones de algún propietario en el Conservador de Bienes Raíces, donde conste el reglamento de Copropiedad.
4.- Solicitud de Primera Inscripción de Vivienda Social (aquí) Anexo, en caso de mas miembros (aquí).
5. Certificado de antecedentes Miembros de la Directiva
6. Fotocopia de carnet Miembros de la Directiva
Luego de revisados los antecedentes será ingresado al registro comunal de viviendas sociales

2. MINISTRO DE FE MUNICIPAL Y DEPÓSITO

Es el caso contemplado en el artículo 69, por lo que deben en primer lugar establecer el quorum requerido, es decir, MAYORIA ABSOLUTA DE LOS COPROPIETARIOS. Por tanto, es necesario traer los siguientes documentos para agendar la asamblea de copropietarios:
1.- Certificado de DOM donde conste la condición de Vivienda de Interés Público (social, económico)
2.- Listado de copropietarios con sus respectivas inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces (Fojas, Número, año)
3.- Solicitud de Primera Inscripción de Vivienda Social (aquí) Anexo en caso de mas miembros (aquí).
4.- Borrador de Reglamento de Copropiedad (aquí)
5.- Acta Constitución Condominio de Vivienda Social (aquí)
6. Certificado de antecedentes Miembros de la Directiva
7. Fotocopia de carnet Miembros de la Directiva
En primer lugar se procederá a la revisión del Reglamento el cual será aprobado o se solicitarán correcciones en un plazo de 30 días. Luego de Aprobado se otorgará fecha de Asamblea, la cual puede realizarse Sábados a las 10:00 hrs o de Lunes a Jueves a las 19:00 hrs. se recuerda que se necesita como quorum el 50% de los derechos en la copropiedad.

RENOVACIÓN DE DIRECTIVA

1. NOTARIAL

Si lo que se desea es modificar la directiva en el Registro Comunal de Viviendas Sociales deberá dejarse los siguientes documentos:
1.- Certificado de DOM donde conste la condición de Vivienda de Interés Público (social, económico)
2.- Listado actualizado de copropietarios con sus respectivas inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces (Fojas, Número, año)
3.- Copia de Inscripción de Prohibiciones de algún propietario en el Conservador de Bienes Raíces, donde conste el reglamento de Copropiedad. (si es que no ha sido depositada previamente)
4.- Copia del Reglamento de la Copropiedad. (si es que no ha sido depositada previamente)
5.- Solicitud de Modificación de Directiva de Vivienda Social (aquí) Anexo en caso de mas miembros (aquí).
6.- Certificado de antecedentes Miembros de la Directiva.
7.- Fotocopia de Carnet Miembros de la Directiva.
Luego de revisados los antecedentes será ingresado al registro comunal de viviendas sociales.

2. MINISTRO DE FE MUNICIPAL

Se debe proceder a solicitar Ministro de Fe para la realización de la Asamblea respectiva en Secretaria Municipal para lo cual se necesita presentar:
1.- Certificado de DOM donde conste la condición de Vivienda de Interés Público (social, económico)
2.- Listado actualizado de copropietarios con sus respectivas inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces (Fojas, Número, año)
3.- Copia de Inscripción de Prohibiciones de algún propietario en el Conservador de Bienes Raíces, donde conste el reglamento de Copropiedad. (si es que no ha sido depositada previamente)
4.- Copia del Reglamento de la Copropiedad. (si es que no ha sido depositada previamente)
5.- Solicitud de Modificación de Directiva de Vivienda Social (aquí) Anexo en caso de mas miembros (aquí).
6.- Acta Modificación de Directiva Condominio de Vivienda Social (aquí)
7.- Certificado de antecedentes Miembros de la Directiva.
8.- Fotocopia de Carnet Miembros de la Directiva.
En primer lugar se procederá a la revisión del Acta, la cual será aprobada o se solicitarán correcciones en un plazo de 30 días. Luego de Aprobado se otorgará fecha de Asamblea, la cual puede realizarse Sábados a las 10:00 hrs o de Lunes a Jueves a las 19:00 hrs. se recuerda que se necesita como quorum el 33% de los derechos en la copropiedad.